jueves, 4 de diciembre de 2014

INDUCCION



INDUCCIÓN

ESTACIÓN No. 3

 

CASO 1

Federico es aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación y su instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar el espacio donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le hace a la misma. Federico llega a la empresa a efectuar la visita planeada, pero el jefe de mantenimiento le solicita que presente el carné personal que lo acredita como aprendiz SENA. Federico manifiesta que nunca ha tenido carné y que en dos oportunidades se lo ha solicitado a la líder de bienestar, ella le ha explicado que los carnés son para los aprendices de la modalidad presencial. 

De acuerdo con el Reglamento de Aprendices en lo que respecta a los derechos, proporcione
una respuesta argumentada a los siguientes cuestionamientos:
1. ¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se basaría?
2. En relación con la líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Expliqué por qué.

SOLUCIÓN CASO 1

Con base en la situación representada por Federico, mis respuestas son:

    1. En el capítulo 2, artículo 7, numeral 4 del Reglamento del Aprendiz SENA, menciona como derecho de cada aprendiz, independientemente de la modalidad de estudios, recibir el carné que lo acredita como parte de la comunidad educativa.
Posteriormente, en el artículo 9, numeral 14, menciona como un deber del aprendiz portar el carné que lo identifica como tal.
Por estos motivos le diría a Federico que debe reclamar su derecho a obtener el Carné y cumplir con su deber de portarlo durante su proceso de aprendizaje.

   2. La respuesta del funcionario es equivocada porque el reglamento no hace ninguna diferencia entre la formación presencial y la virtual en ese aspecto, por lo tanto creo y entiendo que la obligación del funcionario es colaborarle a Federico para que pueda obtener su carné y así no se le presenten este tipo de dificultades.


CASO 2

Nicolás es un aprendiz del programa de Tecnología en Multimedia, desde el inicio de su formación hace tres meses y medio, ha sido muy dedicado y cuidadoso en realizar las actividades de formación que le han planteado sus tutores en la guías de aprendizaje. Nicolás desea recibir la retroalimentación correspondiente de los trabajos presentados para conocer cómo le ha ido a lo largo de su proceso. Sin embargo, cuando le solicita a su tutor dicha retroalimentación, este le responde: “Usted debe saber cómo va, para eso hizo las actividades”. Nicolás está muy preocupado porque teme encontrar algunas sorpresas, además su tutor le ha comentado que solo estará en el SENA por dos meses más, porque debe irse para otra región a encontrarse con su familia. Nicolás decide de manera respetuosa solicitar por escrito los juicios de evaluación de sus evidencias y quiere hacerlo
cumpliendo con la normatividad del SENA.

     De acuerdo con la intención de Nicolás de hacer una solicitud oficial para recibir los juicios de evaluación de las evidencias presentadas:
1. ¿En qué capítulo, artículo e ítems del Reglamento de Aprendices, se debe amparar
Nicolás para hacer dicha solicitud de manera respetuosa y formal?

    
SOLUCIÓN CASO 2

      1. Nicolás de puede basar en el capítulo 2, artículo 7, ítem 11 del reglamento del Aprendiz SENA, el cual expresa que es un derecho del aprendiz el conocer sus resultados académicos dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la realización de la prueba o presentación de trabajos y/o evaluaciones.


     Gracias por su atención a la solución a estas dos situaciones.